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¿Cuáles son las medidas de lucha contra la morosidad que propone la Ley Crea y Crece?

Medidas de lucha contra la morosidad

La Ley de Creación y Crecimiento Empresarial, mejor conocida como la Ley Crea y Crece, incluye una serie de medidas y reformas diseñadas para promover la evolución de los negocios e impulsar el emprendimiento en el país. Entre ellas, destaca su lucha contra la morosidad comercial. Si quieres saber cuáles son las medidas de lucha contra la morosidad que propone la Ley Crea y Crece, ¡entonces este artículo es para ti!

¿Cuáles son los principales objetivos de la Ley Crea y Crece?

El proyecto de la Ley Crea y Crece tiene su origen en el plan de recuperación, transformación y resiliencia con el que el Gobierno de España solicita a la UE el acceso a los fondos de financiación Next Generation. Fondos destinados a impulsar la recuperación económica luego de los estragos causados por la crisis del COVID-19.

Dicha Ley incluye una serie de reformas y medidas diseñadas para apoyar la evolución y desarrollo de los negocios y promover el emprendimiento en el país. En ese sentido, entre los objetivos que persigue alcanzar esta nueva Ley, podemos mencionarte los siguientes:

Medidas de lucha contra la morosidad

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La Ley Crea y Crece y sus medidas de lucha contra la morosidad

La lucha contra la morosidad comercial es uno de los aspectos más resaltantes de la Ley Crea y Crece. Pero, ¿cómo espera ganar la lucha? Pues, a través de la imposición de obligaciones de información a las sociedades para así reducir el riesgo de impagos.

Dichas obligaciones buscan que los operadores económicos puedan tener un mayor grado de conocimiento respecto a la conducta de pago de todas las empresas con las que se vayan a relacionar frente a sus proveedores.

En pocas palabras, las compañías tendrán la obligación de indicar cuál el periodo medio de pago a sus proveedores.

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¿Cuáles son las medidas de lucha contra la morosidad que propone la Ley Crea y Crece?

Esta Ley de lucha contra la morosidad ha establecido una serie de medidas que buscan reducir el riesgo de impago en las operaciones comerciales por parte de las compañías.

A continuación te contamos cuáles son estas medidas y cómo afectarán a las empresas:

Información de las cuentas anuales de sociedades cotizadas

Las sociedades cotizadas tienen una gran responsabilidad a la hora de informar sobre sus cuentas anuales, pues se les exige que informen sobre:

  1. Su periodo medio de pago a los proveedores.
  2. El volumen monetario y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido por la normativa de morosidad (es decir, 60 días) y el porcentaje total que supone sobre el máximo de facturas y el total monetario de los pagos a los proveedores. Además, dicha información deberá ser publicada no solo en la memoria de sus CCAA, sino también en la web de la misma.

Información de las cuentas anuales de sociedades no cotizadas

Son aquellas que no presentan CCAA abreviadas, es decir, que al menos durante dos años seguidos han cumplido con dos de tres de los siguientes requisitos:

  • Facturan un monto superior a 8 M €
  • Cuentan con más de 50 trabajadores
  • Tienen partidas de activo superiores a 4 M €

En caso de cumplirlos, se le exigirá rendir cuentas de la misma información que las sociedades cotizadas, incluso guardarse en la memoria de las CCAA. Sin embargo, no se requiere que sea publicada en la web.

Es relevante que mencionemos que el legislador no ha establecido ninguna sanción ante el incumplimiento del deber informativo. No obstante, sí se ha previsto que a través de la creación del Observatorio Estatal de la Morosidad Privada se publique anualmente a la lista de empresas que incumplan con los plazos de pago que establezca la ley de morosidad.

Lo anterior aplicará, desde luego, si la empresa morosa se encuentra en las siguientes circunstancias:

  • Si hasta diciembre del año pasado, el importe total de facturas impagas, de acuerdo a los plazos de pago de la ley de morosidad, supera los 600.000 €.
  • El porcentaje de facturas pagadas por la empresa en el periodo inferior al plazo máximo fijado por la ley de morosidad sea inferior al 90% del total de facturas.
  • Que se trate de sociedades que no puedan presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviadas. Es decir, empresas con un activo mayor a 11, 4 M €, una cifra de negocios superior a 22,8 M € y con, al menos, 250 trabajadores.

Contratos con el sector público

Otra de las medidas previstas para hacer frente a la morosidad y combatirla se centra en el ámbito de los contratos con el sector público. Se introducirán competencias de control y sanción por parte de las Administraciones Públicas. Esto con el fin de verificar que los contratistas cumplan con los plazos máximos de pago en su cadena de subcontratación.

No solo son los contratos con el sector público, sino también las subvenciones públicas. Con esta última se le exigirá a los solicitantes de ayudas superiores a 30.000 € la acreditación de cumplir con los plazos de pago previstos en la ley de morosidad.

Factura electrónica obligatoria para todos los empresarios profesionales y empresarios

Esta es la última de las medidas de lucha contra la morosidad de la Ley Crea y Crece. El legislador prevé que con esta medida se mejorará la trazabilidad de los pagos. De esa manera se podrá combatir mucho mejor las situaciones de impago.

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Estas son las medidas de lucha contra la morosidad que propone la nueva Ley Crea y Crece. ¿Estás preparado este 2023 para cumplir con cada una de ellas? Si necesitas estar al día con tus obligaciones fiscales y contables de tu empresa, en TAS Consultoría te ofrecemos la ayuda profesional que seguro necesitas, ¿qué esperas para contactarnos? Escríbenos a través de nuestro correo tasconsultoria@tas-sl.es y te atenderemos con todo el gusto.

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