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¿Cómo cambió el acto de desahuciar a un inquilino con la nueva Ley de Vivienda?

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En España, el acto de «desahuciar» ha sido objeto de cambios significativos con la reciente promulgación de la nueva Ley de Vivienda. Estas modificaciones tienen un impacto directo tanto en los propietarios como en los inquilinos, alterando el proceso para llevar a cabo un desalojo. Sigue leyendo y descubre los aspectos clave, ¡vamos!

¿Cuál es el principal cambio en el proceso de desahucio bajo la nueva Ley de Vivienda?

El Pleno del Congreso ha aprobado la Ley de Vivienda. Esta impone diversas medidas, incluyendo límites a la subida del precio del alquiler en toda España. Y también reduce la clasificación de «gran tenedor de vivienda» de diez a cinco propiedades en ciertos casos. Además, será requisito previo a los propietarios el acto de conciliación o arbitraje antes de desahuciar a personas vulnerables.

La nueva clasificación de «gran tenedor» dificulta desahuciar a inquilinos en caso de que el propietario cumpla con este criterio. Esta disposición ha sido el principal motivo de crítica por parte de la oposición hacia la ley. De esta manera, los desahucios no podrán llevarse a cabo sin una hora y una fecha predeterminada.

Uno de los principales objetivos de la ley es proteger a las personas vulnerables de desahuciar su alquiler. Los juzgados deberán solicitar un informe a los servicios sociales para verificar si una persona se encuentra en una situación vulnerable.

Si se confirma su vulnerabilidad, el desahucio se suspenderá hasta que la Administración encuentre una vivienda alternativa. Todo esto durante un período de dos meses si el demandante es una persona física. Y será cuatro meses si es una persona jurídica.

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¿Cuáles son los requisitos para acto de desahuciar a un inquilino?

El proceso de desahuciar a un inquilino es una cuestión compleja y regulada por la ley. Para llevar a cabo un desalojo legalmente, deben cumplirse una serie de requisitos y procedimientos establecidos por la legislación vigente. 

A continuación, te compartimos las medidas actualizadas:

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Debes saber que, al interponer una demanda para desahuciar a un inquilino, es crucial mencionar si la vivienda en cuestión es la habitual del ocupante. Esto es un requisito necesario para que la demanda sea admitida. Dependiendo de la existencia o ausencia de un contrato, esta información puede ser fácilmente determinada.

Asimismo, si hay un contrato, se evaluará si la vivienda es habitual del arrendatario para desahuciar. Es decir, si el contrato fue establecido para satisfacer su necesidad permanente de vivienda. En caso contrario, como en arrendamientos de temporada o turísticos, se considera que no es la vivienda habitual. 

En caso de ocupación ilegal, puede que la información anterior no sea conocida. Sin embargo, es importante señalarlo en la demanda.

Además, toma en cuenta lo que ocurre si el demandante es un gran tenedor.

¿Qué quiere decir exactamente el término «gran tenedor»?

Es una persona (física o jurídica) que posee más de 10 viviendas urbanas de uso residencial. O también, un terreno de más de 1.500 m² (sin incluir a trasteros o garajes). 

Si para desahuciar cuentas con este perfil, debes constatar tu condición. Aunado a eso, tienes que presentar un certificado del Registro de la Propiedad que verifique tus propiedades.

Es importante tener en cuenta que en las áreas con alta demanda o zonas tensionadas este término tendrá validez. Personas o empresas que cuenten con cinco o más viviendas en ese municipio también entran en la categoría de grandes tenedores. Por otro lado, se clasifican como pequeños propietarios aquellos que tengan menos de cinco viviendas en su propiedad.

¿Cuándo entra en vigor la nueva Ley de Vivienda en cuanto a desahucios? 

Es fundamental tener en cuenta los periodos aprobados para los actos de desahuciar. Estas declaraciones son aplicables para las demandas de desahucio presentadas después del 25 de mayo de 2023.

Esta es la fecha en que entró en vigor la nueva ley, sin importar si el desahucio es por precario. Es decir, por falta de contrato, ocupación ilegal, expiración de plazo o por impago de las rentas. Es esencial cumplir con los requisitos para que la demanda de desahuciar sea válida bajo la nueva legislación.

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Más requisitos para el gran tenedor en el acto de desahuciar

Los propietarios considerados «gran tenedor» enfrentan ahora mayores requisitos y responsabilidades al momento de desahuciar a un inquilino. Comprende como te podría afectar esta modificación legal con estos factores:

Vulnerabilidad

  • Debes indicar si los ocupantes están en situación de vulnerabilidad económica.
  • Aporta documentos de servicios sociales o declaración responsable documentada para poder desahuciar a tu inquilino. 

Mediación

  • Tienes que someterte a un proceso de mediación con arrendatarios u ocupantes.
  • Debes contar con el documento de servicios de mediación o declaración responsable.

Suspensión por vulnerabilidad

  • Si ocupante es económicamente vulnerable, el proceso para desahuciar puede suspenderse.
  • Los servicios sociales son los que determinan la vulnerabilidad por ingresos vs. alquiler + suministros.
  • Tienen hasta 2 meses (si el propietario es de persona física). O 4 meses (persona jurídica) para que el proceso de desahuciar se suspenda. 
  • Las administraciones de cada región pueden ofrecer ayudas o vivienda de alquiler social.

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La nueva Ley de Vivienda ha traído cambios significativos en el proceso de desahuciar a un inquilino en España. Es fundamental comprender estas modificaciones para proteger los derechos tanto de los propietarios como de los inquilinos.

Si estás enfrentando una situación para desahuciar y necesitas asesoría legal para tomar decisiones acertadas, no dudes en contactarnos. Solo tienes que agendar tu asesoría personalizada a través de tasconsultoria@tas-sl.es. ¡No esperes más, contáctanos ahora mismo y asegura tu tranquilidad y bienestar!

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