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¿En qué consiste el Real Decreto Ley 18/2022, de 18 de octubre y qué novedades trae consigo para promover las energías renovables?

España trae novedades fiscales este 2023. El Real Decreto Ley 18/2022, donde se aprueban medidas para proteger a los consumidores de energías, reducir la demanda de gas natural y favorecer el uso de energías renovables, fue publicado. Si te interesa saber cuáles son todas las novedades que trae este nuevo decreto, quédate con nosotros hasta el final de este nuevo artículo y conoce los detalles de la nueva fiscalidad para promover las energías renovables, ¡Vamos a ello!

¿Qué objetivos se quieren alcanzar con este nuevo decreto?

El nuevo Real Decreto Ley 18/2022, 18 de octubre, tiene como finalidad impulsar métodos más sustentables que permitieran reducir el consumo de gas energético y proteger a las personas que laboran en el sector agrario y que se vieron afectadas por la sequía.

Entre este, otros de los objetivos que procura este nuevo decreto son:

Real Decreto Ley 18/2022

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¿Cuáles son las nuevas medidas fiscales que se relacionan con las energías renovables?

Esta nueva reforma, contemplaba generar deducciones y beneficios fiscales para personas particulares y empresas que aplican al Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) y al Impuesto sobre Sociedades (IS).

En el caso del IRPF se crearon dos tipos de ducciones para las personas que realicen obras en su vivienda o cualquier inmueble con el que puedan beneficiarse. 

Por ejemplo, la deducción de la calefacción y la refrigeración o la deducción del consumo energético. Lo importante de estas deducciones son los beneficios que dan a los propietarios y a las empresas.

En el caso del Impuesto sobre Sociedades, se estableció un nuevo incentivo de libertad de amortización. Este aplica a todas las empresas que inviertan en instalaciones cuyo destino sea el autoconsumo de energías renovables. Esto permitirá que estas instalaciones sean amortizadas libremente.

Cambios implementados en el IRPF con el Real Decreto Ley 18/2022

Uno de los cambios es la deducción de la calefacción y refrigeración, el cual es de un 20% de las cantidades que satisfaga por obra. Como consecuencia, se redujo, al menos, un 7% la demanda. Además, es necesario tener en cuenta que la base máxima de deducción anual es 5.000 euros.

Por otra parte, está la deducción por consumo energético, el cual se redujo en un 40% sobre las cantidades satisfechas por obra. Esto redujo un 30% el consumo de energía primaria no renovable como el carbón, el gas natural, petróleo, entre otras. En este caso, la base máxima de deducción anual es de 7.500 euros.

Otro punto importante, en este caso de deducción por consumo energético, es el tema de los edificios de viviendas. Ahí, las posibilidades de deducción por obras escala a un 60% y la base máxima anual es de 5000 euros por propietario.

Además, se tiene que destacar la extensión del tiempo en que se pueden llevar a cabo para que puedan disfrutar de dichas deducciones. En el caso de las viviendas, se podrán realizar hasta el 31 de diciembre de 2023 y, para los edificios de viviendas, hasta el 31 de diciembre del 2024.

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¿Cómo quedó el Impuesto sobre Sociedades con el Real Decreto Ley 18/2022?

Como te dijimos, en la reforma del Impuesto sobre Sociedades se instauró un nuevo incentivo de libertad de amortización. Este es pensado para las empresas que invierten en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica. Así como aquellas destinadas para uso térmico de consumo propio, siempre y cuando procedan de fuentes renovables.

Lo importante es que las empresas no usen energía que vengan de fuentes no renovables fósiles y busquen alternativas para sustituirlas. Además, deben estar a disposición del contribuyente desde el momento en que entre en vigor el Real Decreto ley 18/2022, el 20 de octubre y esté en funcionamiento este 2023.

Además, la amortización libre será en los periodos impositivos que inicien o terminen en este año. Eso sí, siempre que durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos obtenidos entren en funcionamiento. La plantilla media total de la entidad se mantendrá, entonces, en relación con la media de los meses anteriores.

Un punto a aclarar es que los edificios no podrán disfrutar de la libertad de amortización regulada en esta medida fiscal. Además, la cuenta máxima de la inversión que podrá ser beneficiario de este régimen será de 500.000 euros. Sin dejar de mencionar que las entidades a las que sean de aplicación esta medida podrán decidir si usarlo o no.

¿Qué se espera lograr con este decreto?

Se espera que con el Real Decreto Ley 18/22 se promueva el uso de energías renovables y minimizar el uso de energías fósiles no renovable. Es una transición que comenzó hace 4 años y que no solo impulsa el cambio energético, sino, que protege los intereses de todos los ciudadanos. 

Destacando que son medidas fiscales que promueven un aumento en las retribuciones de los empleados públicos y la reducción de jornadas laboras. Pretendiendo una mejora en sus lugares de trabajo y avance en su estilo de vida.

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Si quieres saber cómo evoluciona la aplicación del Real Decreto Ley 18/2022 y como esta puede influir en ti, te invito a ponerte en contacto con nuestros profesionales de TAS Consultaría a través de tasconsultoria@tas-sl.es. Ellos te aclararán todas las dudas que tengas. No pierdas el tiempo y pide tu asesoría gratuita. Para que arranques el año a toda marcha.

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