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¿Cómo recuperar IVA impago de clientes en mala situación?

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En el entorno empresarial, recuperar IVA impagado es una tarea necesaria. Especialmente cuando algunos clientes enfrentan dificultades económicas. España, como muchos países, enfrenta este desafío. Descubre las estrategias efectivas para recuperar el IVA que te corresponde y garantizar la estabilidad financiera de tu empresa. ¿Listo para optimizar tus finanzas? Sigue leyendo y toma el control de tu recaudación fiscal.

¿Puedes recuperar IVA no abonado? ¿Cómo hacerlo? 

Una situación frecuente que puede surgir es cuando un cliente no cumple con el pago de una factura. En este escenario es posible comenzar a tomar medidas para recuperar IVA que se le repercutió. Específicamente, tras haber transcurrido un año desde la creación de la operación.

Ahora bien, si la facturación anual de tu empresa es inferior a 6.010.121,04 euros, ocurre otro escenario. El plazo de espera para iniciar estos procedimientos se reduce a seis meses.

En cualquier caso, sin importar el escenario, el período disponible para hacer estas gestiones se mantiene en seis meses. Este tiempo es crucial para actuar con diligencia y recuperar IVA que corresponda.

Sin embargo, si tu cliente se declara en concurso antes de que transcurran esos plazos, debes adelantar los procedimientos:

  • Genera una factura corregida en un lapso de tres meses. Debe ser a partir de la publicación en el BOE del auto de concurso.
  • Envíala al deudor (con copia al administrador concursal). Realiza este procedimiento por medio de burofax para tener registro del envío en el plazo indicado.
  • Tendrás un mes a partir de la emisión de la factura corregida para informar a Hacienda. Siempre utilizando el formulario específico disponible en su Sede Electrónica, que ha efectuado dicha corrección. 

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¿Cómo estar al tanto de estos concursos y plazos?

Una pregunta frecuente es ¿cómo estar debidamente informado del momento exacto en que se publica el auto de declaración de concurso? Aquí tienes la información clave para estar al tanto y poder recuperar IVA de tus clientes morosos.

El administrador concursal tiene la responsabilidad de comunicar esta situación a todos los acreedores. Sin embargo, a veces este proceso se retrasa. Esto aumenta el riesgo de que no puedas hacer la rectificación a tiempo.

Aquí te presentamos dos estrategias para reducir este riesgo:

  • ¿Sospechas que un cliente está en camino hacia un concurso? Es recomendable que hagas consultas periódicas en el Tablón Edictal Judicial Único del BOE. Específicamente en la sección de «Edictos Judiciales». 

Allí se publican los anuncios de concursos de acreedores. Esto te permitirá mantener una vigilancia activa sobre posibles concursos que afecten a tus clientes.

  • En el ámbito digital, es esencial que estés atento a los comunicados y actualizaciones en la página web del BOE. Mantente al tanto de las novedades y alertas relacionadas con concursos que puedan tener un impacto en tus transacciones comerciales.

Adelantarte a estas situaciones es crucial para tomar decisiones a tiempo en la gestión de tus trámites para recuperar IVA.

Echa un vistazo a este material y tenlo a la mano: 

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¿Qué sucede si se supera el plazo establecido? 

En este contexto, es fundamental comprender que nos enfrentamos a un tema de incompatibilidades. Si tu cliente entra en concurso y excede los tres meses para efectuar la rectificación, lamentablemente, perderás la oportunidad de recuperar IVA.

Incluso si aún no se ha sobrepasado el plazo general de seis meses o un año para reclamar. Recordando que este plazo es desde que es generada la operación. Esta incompatibilidad tiene un fundamento lógico: tras los procedimientos mencionados, Hacienda se convierte en la acreedora del IVA ante el cliente insolvente.

En este proceso de recuperar IVA, el deudor moroso debe descontar ese IVA. Por el simple hecho de que se haya pasado el plazo de impago. En este sentido, debe hacerlo como menos IVA que ha pagado en sus impuestos. Específicamente al realizar la declaración periódica correspondiente a la fecha en que recibe la factura rectificativa. 

Por otro lado, en el caso del concurso, Hacienda debe incluir dicho IVA en la lista de acreedores del concursado. Además, debido a los plazos estipulados en la ley concursal, tras los tres meses podría encontrarse con dificultades para hacerlo.

No obstante, existe una excepción:

Los plazos para recuperar IVA son compatibles si el concurso se declara después de haber pasado el plazo general de recuperación. Ya sea por transcurso de seis meses o un año, o por concurso de acreedores. 

Es esencial subrayar este detalle. ¿Tu empresa no recuerda llevar a cabo los trámites de rectificación? Esos que se encuentran dentro de las ventanas que se abren tras el transcurso de seis meses o un año. Claro está, desde la generación de la factura.

Pues, aún hay posibilidad de recuperar IVA en caso de que el cliente moroso entre en concurso en un momento posterior. No obstante, lo contrario no aplica.

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¿Buscas como recuperar IVA de una factura impagada? Sabemos que esta situación representa un desafío financiero considerable. También, que el proceso para recuperar el IVA puede parecer complejo en un principio. Pero, con la información adecuada y la orientación correcta, es completamente viable.

No dudes en aprovechar nuestros servicios especializados para obtener una consulta contable personalizada. Podemos resolver tus dudas sobre cómo recuperar IVA de manera efectiva. ¡Contáctanos hoy mismo a través de tasconsultoria@tas-sl.es y da el primer paso hacia la recuperación de tu IVA de manera exitosa!

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