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¿Qué es el Modelo 349 AEAT y cómo debes presentarlo?

El modelo 3249 AEAT es una declaración informativa o recapitulativa de las operaciones intracomunitarias. Si eres autónomo o tienes una PYME, debes estar bien informado sobre este trámite, conocer qué es, cuándo debes hacerlo, cuáles son los plazos para presentarlo y otras características que te permitirán mantener tu negocio seguro. Si aún no conoces sobre este procedimiento, te invitamos a quedarte con nosotros hasta el final de este artículo, ¡Vamos!

Primero, ¿qué es el modelo 349?

El modelo 349 AEAT, como te dijimos, es una declaración informativa periódica que puede ser mensual, trimestral o anual. Mediante la misma, los autónomos o empresas podrán detallar cada una de sus operaciones intracomunitarias

No está de más recordarte que las operaciones intracomunitarias son aquellas compras o ventas de un bien o servicio a empresas que se encuentran en otro país miembro de la Unión Europea.

Para poder cumplir con este modelo y declarar una operación intracomunitaria, es necesario que ambas partes estén dadas de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI), disponer del CIF intracomunitario y emitir la factura sin IVA.

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3 puntos que debes tener en cuenta sobre el Modelo 349 AEAT

Hay algunos puntos que deben destacarse a la hora de considerar el modelo 349 AEAT y que todo autónomo o empresa debe conocer para llevar a cabo operaciones intracomunitarias con otros miembros de la UE sin ningún tipo de problema. ¡Son estos 3!:

modelo 349 AEAT

¿Quiénes deben presentar el modelo 349?

Están obligados a cumplir con el modelo 349 AEAT todos los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que hayan efectuado operaciones intracomunitarias. Estos deben notificar a Hacienda que realizó este tipo de operación y para ello deben darse las siguientes condiciones:

  • Que la operación no se haya efectuado en el territorio de aplicación del impuesto. Eso quiere decir, que la compraventa debió efectuarse desde alguno de los 28 países de la UE y se dirigió a otro también comunitario pero con gravamen diferente.
  • Tanto el vendedor como el comprador de la operación deben ser trabajadores autónomos o sociedad.
  • Ambos deben estar registrados como operadores intracomunitarios en el ROI y como tal deben tener su número de identificación.

¿Cuáles son los plazos para presentar el modelo 349?

El AEAT modelo 349 debe presentarse mensualmente durante los primeros 20 días naturales del mes, inmediatamente posterior al correspondiente periodo mensual. Los plazos regulares de este modelo suelen ser:

  • Presentación mensual: si el total de las operaciones intracomunitarias asciende a más de 50.000 euros.
  • Presentación bimestral: al terminal el segundo mes de un trimestre y cuando el importe de las operaciones supere los 100.000 euros.
  • Presentación trimestral: este caso se da solo, cuando el cómputo general de las entregas de bienes y servicios no rebasan los 50.000 euros.

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¿Cómo debes presentar el modelo 349?

Los autónomos pueden presentar el modelo 349 AEAT de manera telemática con su DNI o certificado electrónico. Ya sea bien a través de la Oficina virtual de Hacienda o mediante cualquier software de contabilidad que te permita hacer este cálculo. 

En Gestion Direct contamos con un excelente software de gestión que te ayudará a simplificar esta tarea. Solo tendrás que imprimir el certificado y ahorrarte tiempo de trabajo.

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¿Cómo tienes rellenar el modelo 349?

En la primera hoja, que es la hoja resumen, podrás encontrar varias partes diferenciadas que deberás completar para poder cumplir con el modelo 349 AEAT:

modelo 349 AEAT

En las hojas interiores del modelo 349 AEAT es donde podrás detallar el grueso de la declaración, la relación de las operaciones intracomunitarias y las rectificaciones de los períodos anteriores. 

En la primera de las hojas deberás detallar todas las operaciones aportando en cada una de ellas los siguientes datos:

modelo 349 AEAT

Claves de operaciones.

Las claves de las operaciones intracomunitarias, van a depender del tipo de transacciones realizadas:

  • A: Adquisiciones intracomunitarias de bienes efectuadas por el sujeto pasivo declarante, incluyendo las transferencias de bienes desde otro Estado miembro.
  • E: Entregas intracomunitarias de bienes efectuados por el sujeto pasivo declarante, incluidas las transferencias de bienes a otro Estado Miembro.
  • T: Entregas en otro Estado miembro subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias exentas, efectuadas en el marco de una operación triangular.
  • S: Presentaciones intracomunitarias de servicios realizadas por el declarante.
  • I: Adquisiciones intracomunitarias de servicios localizadas en el territorio de aplicación del impuesto, presentados por empresarios o profesionales establecidos en otro Estado miembro, cuyo destinatario es el declarante.
  • M: Entregas intracomunitarias de bienes posteriores a una importación exenta de acuerdo con el artículo 27.12° de la Ley del IVA. 
  • H: al igual que en la clave M, la diferencia es que las entregas son efectuadas por el representante fiscal según lo previsto en el artículo 86.3 de la Ley 

También puede interesarte: Declaración sustitutiva, complementaria y rectificativa

Para saber más sobre el Modelo 349 AEAT soló debes comunicarte con TAS Consultoría, a través de nuestro correo electrónico tasconsultoria@tas-sl.es. Contamos con un excelente equipo de asesores legales que podrán informarte lo necesario con respecto a este modelo y guiarte a través del. 

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