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Diferencia entre domicilio social y fiscal

Diferencia entre domicilio social y fiscal

Los términos domicilio fiscal y domicilio social están divididos por una línea muy delgada que puede confundir a muchos. Sin embargo, es fundamental que, como buen empresario o autónomo, sepas distinguir el uno del otro. ¿Quieres conocer la diferencia entre domicilio social y fiscal? Entonces llegaste al lugar correcto, porque aquí te contaremos todo lo que debes saber, ¡Vamos!

¿Qué es el domicilio fiscal?

Se entiende como domicilio fiscal el lugar en el que estará localizado el obligado tributario en sus obligaciones con Hacienda, el cual se encargará de determinar la adscripción a una sucursal de una Agencia Tributaria en específico.

Para explicarlo de manera más simple, el domicilio fiscal es el sitio en el que legalmente está ubicada una persona física o jurídica y en el que este recibirá las notificaciones y avisos correspondientes a sus obligaciones fiscales.

Siendo así, pues, el domicilio fiscal indicará a Hacienda y otras Administraciones Públicas a dónde enviar sus notificaciones. No obstante, hoy día, es posible recibirlas a través de la sede electrónica, tan solo accediendo con un usuario y contraseña.

Una vez seas dado de alta como empresario, deberás elegir el domicilio fiscal por medio del Modelo 036, el cual podrá ser modificado en cualquier momento que se desee presentando un nuevo Modelo 036 rellenado con los nuevos datos a registrar.

En ese sentido, todo aquel que quiera registrar un domicilio fiscal deberá tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Para las personas físicas, su domicilio fiscal coincidirá con su residencia habitual.
  • Los autónomos y trabajadores por cuenta propia deberán registrar su domicilio fiscal y que este coincida con su vivienda habitual o el lugar donde ejerza su negocio.
  • El domicilio fiscal de las empresas y sociedades debe coincidir con el sitio donde se desarrolla la gestión de la actividad empresarial. De esa forma, lo habitual es que el domicilio fiscal y el social coincidan.

Por último, es importante mencionarte que el domicilio fiscal deberá aparecer en todas las facturas que emites y recibes en tu negocio.

¿Qué es el domicilio social?

En cuanto al domicilio social, también conocido como domicilio mercantil, es el lugar en donde se encuentra el centro de administración de la empresa, así como su dirección o también puede ser el lugar en el que se encuentra el principal establecimiento de la misma.

Este tipo de domicilio es exclusivo para las empresas, lo que quiere decir que si eres autónomo no tienes que preocuparte por tener uno, pues solo necesitarás el fiscal.

En ese sentido, la elección de domicilio fiscal es esencial para aquellas personas jurídicas de carácter mercantil y solo puede modificarse por medio de las escrituras públicas —la cual necesita la firma de un notario— para luego inscribirse en el Registro Mercantil hasta que por último sea enviado a la Agencia Tributaria.

Es importante que pienses muy bien en dónde quieres que radique el domicilio social que corresponda a tu empresa, pues para luego cambiarlo requerirás de un proceso algo lento y bastante burocrático, es decir, tedioso. 

Por el contrario, en lo que se refiere al domicilio social de las sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otra empresa que no esté obligada a ser inscrita en el Registro Mercantil, no necesitarás de una escritura pública notarial ni una de inscripción registral.

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Entonces, ¿cuál es la diferencia entre domicilio social y fiscal?

Como ya te hemos mencionado en párrafos anteriores, las diferencias entre domicilio social y fiscal pueden ser muy sutiles, por lo que muchos empresarios suelen confundirlos.

No obstante, considerando que ambos tienen implicaciones distintas y de gran relevancia, es fundamental que aprendan a distinguirse cuanto antes. Además, debe tenerse en cuenta que esta diferencia solo afecta a las sociedades y empresas, puesto que, como lo mencionamos, los autónomos y trabajadores por cuenta propia no necesitan de un domicilio social.

En ese sentido, a continuación te mencionaremos las principales diferencias entre ambos conceptos:

  1. El domicilio fiscal es el lugar donde serán recibidas las notificaciones de la Agencia Tributaria y el que debe aparecer reflejado en las facturas emitidas y recibidas por la empresa.
  2. El domicilio fiscal es obligatorio para las personas físicas y jurídicas, y el domicilio social es obligatorio para las sociedades mercantiles.
  3. La sede fiscal será regulada por la Ley General Tributaria, mientras que la sede social por la Ley de Sociedades de Capital.
  4. El domicilio fiscal será privado, mientras que el domicilio fiscal será público y, además, está recogida por el Registro Mercantil.
  5. El domicilio social debe modificarse a través de un acuerdo entre los socios o administradores; por otra parte, el fiscal se hace por medio el Modelo 036, con el que se informa la Agencia Tributaria.

En nuestra infografía a continuación te mostramos otras diferencias a tener en cuenta a partir de la definición de ambos términos. Puedes guardarla y recurrir a ella cuando lo necesites:

Diferencia entre domicilio social y fiscal

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Un ejemplo de domicilio social y fiscal

Vamos a poner un ejemplo: una empresa textil tiene una fábrica donde confeccionan la ropa que luego venderán a los minoristas en Huelva. En esta misma fábrica, la empresa tiene oficinas desde las cuales se llevan a cabo gestiones y administraciones de la actividad empresarial.

Siendo así, el domicilio fiscal deberá coincidir con el lugar en el que radiquen las oficinas de la empresa, es decir, la dirección de las oficinas ubicadas en Huelva.

Por otra parte, en el caso del domicilio social, este podrá o no coincidir con el domicilio fiscal, de manera que puede fijarse en el sitio donde están ubicadas las oficinas de la empresa o bien hacerlo en domicilio o lugar donde reside la persona responsable de la administración y gestión de la compañía.

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Como habrás visto, efectivamente la línea que hace la diferencia entre domicilio social y fiscal es delgada, pero esperamos que gracias a nuestro artículo puedas entender ambos términos mejor que antes. Si quieres seguir disfrutando de contenido como este y aprender sobre las gestiones y procesos para tener tu propia empresa, suscríbete a nuestro blog en TAS Consultoría. Y si necesitas una asesoría, solicita una gratuita a través de nuestra web y nuestros profesionales te atenderán con todo el gusto.

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