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Contrato de alta dirección para un CEO, ¿la mejor opción?

Todo CEO necesita tener una buena relación con su empresa y socios. ¿Cuál contrato reflejaría mejor ese vínculo? El contrato de alta dirección parece ser una de las opciones menos utilizadas en comparación con el mercantil y el laboral. Así que, ¿cuáles son las particularidades de cada uno? ¡Aquí te las contamos!

La mejor elección dependerá del tamaño de tu empresa y la complejidad de su estructura. Aquí responderemos a estas preguntas para que puedas elegir el mejor contrato.

¿Qué es un contrato de alta dirección, mercantil y laboral? 

El contrato de trabajo es el fundamento de una relación laboral. Debe entenderse como una creación integrada en la que todos los aspectos están relacionados entre sí. Por lo tanto, debe distinguirse de otros acuerdos que pueden celebrarse por separado. 

En España existen 3 formas de contratos laborales. Cada uno de estos modelos tiene sus beneficios y relaciones particulares. Veamos de qué tratan cada uno de ellos: 

Contrato de alta dirección

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¿Cuál es la relación de cada contrato con el CEO? 

El Director General con un contrato de alta dirección

Este en teoría debería ser el contrato por excelencia para cualquier CEO y su empresa o socios. 

Los contratos de alta dirección suelen asociarse a los contratos mercantiles. Esto porque a menudo se trata de servicios prestados por personal profesional que trabaja para una o varias empresas en virtud de un único contrato.

En la mayoría de los casos, estos profesionales trabajan para empresas dirigidas por personas o grupos que reciben considerables cantidades de dinero de sus clientes a cambio de sus servicios.

En este caso, tienen plena autoridad para tomar decisiones en nombre de su empleador sobre todas las cuestiones relacionadas con su trabajo. El contrato también puede incluir disposiciones relativas a primas, paga de vacaciones y otras prestaciones.

El Director General con un contrato mercantil

La relación comercial entre el CEO y un contrato mercantil debe elegirse cuando la condición del director más evidente es la administrativa y no la de un empleado. Un poco distinto al contrato de alta dirección. 

En caso de que el CEO ostente este rol administrativo con funciones ejecutivas, es necesario revisar el contenido del artículo 249.3 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC).

Esta ley dicta que si a un miembro administrativo se le vinculan tareas directivas, deberá celebrar un contrato. Este último previamente aprobado por las dos terceras partes del consejo de administración. 

Esto no deja lugar a dudas de que todo consejero delegado o administrador de la empresa debe necesariamente celebrar un contrato mercantil con la empresa. Con todo lo que ello implica, es decir, estar dado de alta en el régimen de autónomos y estar dado de alta dentro de una actividad empresarial ante las autoridades fiscales.

El Director General con un contrato laboral 

Este contrato está pensado para una relación en régimen de dependencia. La misma está sujeta a varias reglas como el cumplimiento de horarios, una remuneración y la obediencia a las directrices de un superior. 

Es decir, no sirve para un Director General porque el gerente (también empleador) y él serían la misma persona. Esto no ocurre con el contrato de alta dirección o con el mercantil. 

Habría una confusión de roles porque lo que buscar el derecho laboral es dar protección y derechos del estatuto de los trabajadores al trabajador frente a posibles arbitrariedades del empresario.

Contrato de alta dirección

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¿Para qué caso es beneficioso un contrato de alta dirección o uno mercantil?

Un contrato de alta dirección es muy común en el caso de las startups. El ejemplo más común es aquel en el que el fundador no trabaja para la compañía y se contrata a un director general para desempeñar las funciones de CEO. Sin embargo, no es accionista significativo ni forma parte del consejo de administración.

Existen dos tipos de contrato de alta dirección: a tiempo completo y a tiempo parcial. 

En ambos casos, estos contratos requieren el pago de unos honorarios iniciales por parte del cliente. El importe depende del número de horas trabajadas a la semana, más los gastos incurridos durante cada mes. Las tarifas varían en función de la ubicación y depende de cada proyecto y los requerimientos de cada contrato. 

Ahora bien, con el uso de un contrato mercantil tenemos un caso distinto. Por ejemplo, se tiene el escenario de un CEO que decide a los empleados por contratar, las actividades a realizar, el horario de trabajo, entre otros aspectos laborales de la empresa. 

Además, debe rendir cuentas de todos los gastos realizados por la empresa y presentar facturas a los clientes. El cliente puede ser un solo individuo o una asociación que ha contratado a altos directivos para trabajar en proyectos o tareas específicas.

En cualquier caso, es recomendable asesorarse con expertos en el área. Esto debido a la serie de multas o sanciones de alguna inspección laboral por no ajustarse a la normativa.

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