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El gobierno español hace de la creación de empresa en España una de sus prioridades

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El Anteproyecto de Ley complementa al Real Decreto Ley del 22 de febrero de 2013 de medidas laborales de apoyo al emprendedor y de estímulo de la creación de empresa, a través del cual se aprobaron determinadas medidas de apoyo al emprendedor.

El objeto de la Ley es apoyar al emprendedor y la actividad empresarial, favorecer su desarrollo, crecimiento e internalización y fomentar la cultura emprendedora y un entorno favorable a la actividad económica.

Una de las prioridades del gobierno español a fecha de hoy es facilitar la actividad emprendedora y empresarial en España. Quiere proporcionar a los emprendedores en España mayores facilidades: desde la constitución de empresas y su régimen fiscal, al apoyo a la financiación y a la necesidad de hacer más fluida la relación entre las empresas y las Administraciones Públicas.

1.    Apoyo a la iniciativa emprendedora

  • Empresario de Responsabilidad Limitada

Se crea una nueva figura mercantil, el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL), a través de la cual la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales no afectará a su vivienda habitual, si su valor no supero los trescientos mil euros.

No obstante, la limitación de responsabilidad no se aplicará respecto a las deudas de Derecho Público, ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros.

  • Puntos de Atención al Emprendedor

Al objeto de agilizar el inicio de la actividad de los emprendedores, se crean los Puntos de Atención al Emprendedor, que serán ventanillas únicas a través de las que se podrán realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. El Punto de Atención al Emprendedor electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo prestará la totalidad de los servicios previstos en la Ley. Así, se crearán Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación, Ventanilla Únicas Empresariales y la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios. Por otro lado, los emprendedores podrán constituirse de forma ágil, tanto como empresarios de responsabilidad limitada, como en forma societaria, a través de modelos simplificados y sistemas telemáticos.

 2.    Medidas fiscales

  • IVA de caja

Para paliar los problemas de liquidez y de acceso al crédito de las empresas, se crea, en el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, un régimen especial del criterio de caja.

Podrán acogerse a este régimen los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los dos millones de euros, régimen conforme al cual los sujetos pasivos del Impuesto pueden optar por un sistema que retrasa el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido en la mayoría de sus operaciones comerciales hasta el momento del cobro, total o parcial, a sus clientes.

  • Incentivos a la inversión de beneficios

Las empresas con un volumen de negocio inferior a diez millones podrán deducirse hasta un 10 por 100 de los beneficios obtenidos en el periodo impositivo que se reinviertan en la actividad económica.

  • Cotizaciones sociales a los emprendedores en situación de pluriactividad

Para no penalizar excesivamente a aquellos trabajadores que coticen en el Régimen General y que deben cotizar también en otro Régimen a tiempo completo cuando realizan una actividad económica alternativa, se reducen las cuotas de la Seguridad Social de forma que aliviaría la actual penalización y se incentivaría la pluriactividad, estimulando nuevas altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

3.    Medidas para apoyar la financiación de los emprendedores

Se modifica la Ley Concursal en la materia preconcursal de los acuerdos de refinanciación con un doble propósito: de una parte, para regular de una manera más completa y más flexible el procedimiento registral de designación de los expertos; de otra parte, para incluir una regla más flexible y más clara del cómputo de la mayoría del pasivo que suscribe al acuerdo y exigible como requisito legal mínimo para su potestativa homologación judicial.

Adicionalmente, se perfecciona el marca regulatorio de las cédulas de internacionalización, añadiendo más claridad a los activos que sirven como cobertura. Por otro lado, se crea un nuevo instrumento, los “bonos de internacionalización”, con el fin de añadir mayor flexibilidad a la emisión de títulos que tengan como cobertura préstamos vinculados a la internacionalización.

4.    Medidas para fomentar el crecimiento empresarial

  • Reducción de cargas administrativas

Con carácter general, se revisará el clima de negocios a través de la mejora de la regulación de las actividades económicas. Además, se establece que, para reducir las cargas administrativas a las que se enfrentan los emprendedores, las Administraciones Públicas deberán asegurarse de eliminar, al menos, una carga administrativa por cada una que introduzcan y siempre a coste equivalente.

Se reducen las cargas estadísticas, de forma que se garantiza que los empresarios no deban contestar más de una encuesta para el Instituto Nacional de Estadística durante el primer año de actividad, si tienes menos de cincuenta trabajadores.

Por otro lado, se abre la posibilidad de que los empresarios legalicen telemáticamente sus libros obligatorios en el Registro Mercantil.

En el ámbito de la contabilidad, se racionalizan las exigencias de información económico-financiera de las empresas. Se elevan los umbrales máximos para la formulación del balance abreviado, para ampliar el número de empresas que pueden formular el balance, la memoria y el estado de cambios en el patrimonio neto abreviados que están exentos de formular el estado de flujo de efectivo.

  • Proyecto “emprende en 3”

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado un acuerdo para impulsar y agilizar los trámites para el inicio de la actividad empresarial. El proyecto “emprende en 3” aprovecha la colaboración entre Administraciones, las nuevas tecnologías y la normativa de declaraciones responsables, que sustituye a las licencias previas por un régimen de control a posteriori.

“Emprende en 3” es un sistema de tramitación telemática para la constitución y puesta en marcha de una actividad empresarial. Se trata de una plataforma desarrollada con la participación de las Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, representadas por la Federación Española de Municipios y Provincias.

La plataforma permite realizar los trámites necesarios con las tres Administraciones simultáneamente, pues el sistema hace llegar las declaraciones responsables a los Ayuntamientos.

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